Resuelve: Declarar Bastantes las Probanzas evacuadas para acreditar que el niño OMITIR NOMBRE, de dos (02) años, forma parte de la carga familiar y depende económicamente de la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA RONDON QUINTERO. Se dejan a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión