PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido mediante diligencia de fecha 12 de enero de 2015, por el abogado ÁLVARO JAVIER CHACÓN CADENAS, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JOSÉ LINCONL GÁMEZ MONZÓN, contra la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2014, mediante la cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, declaró con lugar la perención de la instancia solicitada por la ciudadana ELSA GÁMEZ DE MARTÍNEZ, en su condición de parte co-demandada, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se DECLARA que en el presente caso OPERÓ LA PERENCIÓN de la instancia consagrada en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en.....