En estos casos es de vital importancia precisar la diferencia que existe entre el delito de Estafa cometido mediante la emisión de un cheque sin provisión de fondos y el delito de Emisión de Cheque sin Provisión de Fondos, la diferencia esencial que existe es que para que exista Estafa es necesario que se cumplan los requisitos exigidos para este tipo penal como lo son Primero: se requiere la existencia de un engaño, que en este caso consiste en la emisión de los cheques sin provisión de fondos. Segundo: La inducción en error causada merced al artificio o ardid ( en virtud de los cheques sin fondo) y la Tercera: Que exista un provecho injusto con perjuicio ajeno. Es necesario que exista una contraprestación actual o inmediata por el cheque sin fondo que en este caso está representada por la mercancía de variados rubros que desde el mes de Enero a Marzo de 2008, el ciudadano JONAS CASTILLO SANCHEZ, presuntamente le entregaba a FRANCISCO LAUTA VELEZ QUISPE.
TERCERO: Al estimar é.....