Decisión
El Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 44 numeral 1 de la Constitución; 479.1 y 499 del Código Orgánico Procesal Penal de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, decide: 1.- REVOCA la medida de suspensión condicional de la ejecución de la pena acordada en fecha 11 de julio de 2005 en favor del ciudadano JESÚS ALBERTO ALARCÓN BRICEÑO (identificado en autos); 2.- Ordena la privación judicial de la libertad del penado JESÚS ALBERTO ALARCÓN BRICEÑO (identificado en autos) en el Centro Penitenciario de la Región Andina; 3.- Efectúa computo actualizado de la pena en relación al ciudadano JESÚS ALBERTO ALARCÓN BRICEÑO (identificado en autos) y declara que al referido penado le falta por cumplir un tiempo de pena igual a dos (02) años, cuatro (04) meses y veintitr.....