Se DECLARÓ: 1) La NO APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, del investigado GREGORIO ENRIQUE ANDRADE GÓMEZ, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el art.42, en concordancia con el art.15.4 de la Ley Especial de Género, figurando como víctima SOLY YOHENYS MORA LANDASABAL, por no constar ningún elemento que demuestre alguna lesión física en contra de la mencionada víctima. En consecuencia se declara la Libertad Plena. 2) Aplicación del PROCEDIMIENTO ESPECIAL conforme al art.94 de la Ley Especial. 3) Medida de Protección y Seguridad, establecida en el numeral 6 del artículo 87 en concordancia con el Parágrafo Primero eiusdem, a favor de la víctima. 4) No imponer Medida cautelar. 5) Boleta de Libertad. 6) Remitir Asunto al M.P. 7) Partes notificadas art 177 del COPP.