declaró consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente solicitud, formulada por la abogada AMARILIS COROMOTO QUINTERO DUGARTE, en su carácter de Defensora Pública Primera (S) en materia Agraria del Estado Mérida y, actuando previo requerimiento de la ciudadana CAROLINA YULAY ONTIVEROS, por SOLICITUD DE MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.