En consideración de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de plena jurisdicción, acumulado de anulación de acto de efectos particulares de condena de daños y perjuicios y amparo de medida cautelar, interpuesto por el Abogado VICTOR SEGUNDO MÉNDEZ RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 4.699.224, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 84.654 contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA en el Tribunal de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida que por distribución del sistema Juris 2000 resulte competen.....