PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 18 de abril de 2017, por el abogado JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ SOLIS actuando en su nombre y representación, contra el auto de fecha 01 de octubre de 2013, dictado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio intentado por el recurrente contra la ciudadana BEATRICE SCHNEIDER SCHMID y OTROS. SEGUNDO: Se confirma el auto apelado, dictado en fecha 01 de octubre de 2013, mediante la cual el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, negó la MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la parte actora. TERCERO: Por la índole del fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.