DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 105 del Código penal y 645, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley acuerda: ORDENAR LA CESACIÓN DE LA SANCIÓN por cumplimiento de privación de libertad impuesta en fecha (16) de marzo de 2005, por revisión de la medida y no existiendo mas sanciones y ordenes de la sentencia, que cumplir se ORDENA la libertad plena del adolescente identidad omitida. Se ordena a la entidad de Atención (INAM) informe cuales fueron las metas alcanzas hasta los días previos a la cesación de la privación de libertad y con ello determinar si se logró el fin que se perseguía con el adolescente.
Notifíquese al Fiscal 12ma del Ministerio Público, a la defensa, víctima. Diarícese, certifíquese, regístrese y cúmplase.
LA JUEZ PROFE.....