Por las razones antes expuestas, y por considerarlo procedente y ajustado a derecho, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento:
UNICO:
Acuerda sin lugar la solicitud realizada por el ciudadano Abg. ARMANDO ADOLFO VIVAS MALDONADO de ordenar por parte del Tribunal, el aseguramiento de los dos carnets ó portes de arma de fuego, y de dos armas de fuego, que se encuentran en custodia del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Mérida, en fecha 21-09-05, a las Cuatro de la tarde, por ser esta una atribución única y exclusiva del Ministerio Público, y Así se decide. Se acuerda librar boletas de notificación a las partes de la presente decisión.
EL JUEZ DE CONTROL N° 06
ABG. ERNESTO CASTILLO SOTO
LA SECRETARIA
ABG. MARIA EUGENIA MOTEZUMA