Este tribunal de conformidad con el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento civil le imparte su homologación, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se suspende la medida de embargo preventivo decretada sobre bienes muebles propiedad del demandado RICHARD RENE RODRIGUEZ VERGARA, ya identificado, por auto de feche 03-04-09 y no ejecutada. Se ordena el archivo del Expediente. procédase el archivo del expediente y su remisión con oficio al Archivo Judicial