Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45, 48, numeral 1°, 282 y 318, numeral 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA EXTINGUIDA la acción penal en la presente causa, y consecuencialmente, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruída en contra del ciudadano BOANERGES DE JESUS GONZALEZ SALCEDO, venezolano, natural de Timotes, Estado Mérida, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad No. V-10.036.539, residenciado en el sector Villa Productiva Arapuey, casa No. 05, Arapuey, jurisdicción del Municipio Julio César Salas, del Estado Mérida, contra quien se instruye la presente causa por la presunta comisi.....