PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA DEL CIUDADANO JOSÉ GONZALO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, plenamente identificado en este fallo, de conformidad a lo previsto en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana BARBARA DEL CARMEN HERNÁNDEZ SALAZAR, asistida por la abogada en ejercicio ROSA MARYELSYS SOTO SAAVEDRA por ACCIÓN REIVINDICATORIA, ambas plenamente identificadas en la presente decisión.
TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada, ciudadano JOSÉ GONZALO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ a hacer entrega del local comercial construido de piso de cemento, paredes de bloque frisadas, techo de zinc, con instalaciones de luz eléctrica, aguas blancas y negras, donde hoy funciona una bodega que lleva por nombre "Chalo", y del otro lado de la Bodega, la construcción de una habitación para depósito, todo alinderado de la siguiente manera: FRENTE: En una extensión de nueve metros (9:00 Mts.) con el estacionamiento N°1, FONDO: En una extensión de nueve metros.....