Este Tribunal, visto que la parte accionada no se hizo presente en la audiencia de mediación del día de hoy, es por lo que deberá dar contestación a la demanda dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a partir del día de hoy, exclusive, de conformidad con el artículo 105 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-