DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara de oficio, la nulidad absoluta del auto de apertura a juicio dictado por el Tribunal Sexto de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 26-09-2024 (folios 144 al 147), ello por afectar el debido proceso en lo que respecta al derecho a la defensa (artículo 49 constitucional).
SEGUNDO: Se repone la causa al estado en que el Tribunal Sexto de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, dicte el correspondiente auto de apertura a juicio con sujeción a lo decidido en la audiencia preliminar en fecha 23-09-2024, c.....