Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUCRECIANO BECERRA PALACIOS contra la ¿CONSTRUCTORA MORANCA¿, C. A.
En consecuencia, ORDENA:
1. Notificar al Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, haciéndole saber la apertura del presente procedimiento, Líbrese la boleta de notificación, anexándole copia fotostática certificada del escrito de amparo y del presente auto.
2. Citar a la ¿Constructora Moranca¿, C.A, a través de su representante legal, ciudadano Carlos Morantes Rojas, a objeto de que comparezca por ante es.....