PRIMERO: Se condena al intimado ciudadano Eduardo Enrique Cuenca Tobila, a pagar la cantidad de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 4.840.000,00) al ciudadano abogado Angel Atilio Contreras Miranda, por concepto de honorarios profesionales.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese para su archivo copia fotostática certificada de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en consonancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma, el contenido del presente decreto. Así se decide.