Por los Razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en Tovar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA LA CONFESION FICTA del demandado de autos ciudadano QUENIS ENRIQUE SÁNCHEZ ROSALES, identificado en autos Así se decide.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OBRA intentada por la ciudadana YUDY TERESA MÁRQUEZ DE ROSALES, debidamente representada por la abogada CARIBAY SOFIA MEDINA MOLINA, contra el ciudadano QUENIS ENRIQUE SÁNCHEZ ROSALES. Así se decide.
TERCERO: SE ORDENA al ciudadano QUENIS ENRIQUE SÁNCHEZ ROSALES, antes identificado a pagar la cantidad de CUATRO MILLONES BOLIVARES EXACTOS (Bs. 4.000.000.00) por concepto de Incumplimiento de Contrato de Obra. Así se decide.
CUARTO: ORDENA la realización de una exp.....