Vistas las anteriores Actas de ofrecimiento y aceptación de fechas 20 y 22 de Noviembre del corriente año 2017, respectivamente, suscritas por los ciudadanos: JOSE AVELINO PAREDES CASTELLANO y MINILETH DEL SOCORRO TORO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, solteros, el primero agricultor y la segunda costurera, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.096.594 y V- 10.033.156, respectivamente, domiciliados él, en el sector La Mesa de los Morenos de la Parroquia Jajo del Municipio Urdaneta del Estado Trujillo, ella en el sector Chicua de esta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, quienes conciliaron, en reglamentar el aumento de la Obligación de Manutención y Bonos a favor de su hijo (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de doce (12) años de edad.-