"... este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina
de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO Nº 21 de fecha 8 de marzo del año 1951, registrada por ante el Registro Civil de La Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, la cual obra a los folios 16 al 17 con sus respectivo vuelto, y del ACTA DE DEFUNCION Nº 35, de fecha 19 de Diciembre de 1989, Emitida por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, inserta a los folios 18 al 19 con sus respectivos vueltos, solicitada; en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador d.....