En fuerza a las razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Calificación de Despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentada por la ciudadana DORA ALICIA OVIEDO OVIEDO contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MERIDA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo consultado por el Juzgado de Primera Instancia del Transito, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida con sede el la ciudad de Mérida, de fecha 24 de Marzo del 2.004, la cual debe ejecutarse de conformidad a lo establecido en su dispositiva.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente asunto.
CUARTO: Se ordena la notificación de las partes.