Por lo expuesto, este Tribunal Penal en funciones de Control N° 5 Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal y en consecuencia, ordena dejar URGENTEMENTE SIN EFECTO la aprehensión del DEYWYS ENRIQUE RlVAS AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 16.657.0320. Decretada por este Tribunal en fecha 20 de octubre de 2006.-Se ordena oficiar inmediatamente a los órganos policiales de seguridad del estado, excluir del sistema (SIPOL) URGENTEMENTE, tal solicitud de captura, por no ser la persona, que se proceso por ante este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
LA SECRETARIA