DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, ÉSTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda:, EDUARD MENDEZ PEÑUELA, venezolano, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.468.536, nacido en fecha 03-01-1973, soltero, grado de instrucción: ingeniero mecánico, hijo de Alicia Peñuela (v) y de Alirio Méndez (f), residenciado en la urbanización las cumbres, calle 3, casa 173 segunda etapa, aporto el siguiente número telefónico 0424.776.11.69, personal, 0414.756.87.65., quien fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN por el delito de PERPETRADOR (COAUTOR) en la comisión del delito de TRAFICO Y COMERCIO ILICITO DE MATERIAL ESTRATEGICO, previsto y sancionado en el artículo 34 de Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo, en perju.....