Se declaró INADMISIBLE la apelación interpuesta el 24 de octubre de 2003, por la parte demandada, ciudadanos ANA MARÍA RIVAS DE PEÑA, LAURA IRENE PEÑA DE GAVIDIA, RAFAEL RAMÓN PEÑA RIVAS, ELVIA MARÍA PEÑA DE VALERI y FERNANDO ANTONIO PEÑA RIVAS, contra el auto de fecha 17 del citado mes y año, dictado por el entonces denominado JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA (hoy Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida) en el juicio seguido contra los apelantes por el ciudadano OSWALDO RAFAEL OJEDA, por inquisición de paternidad, mediante la cual dicho Tribunal, con vista del oficio procedente del Coordinador del Cementerio El Espejo de esta ciudad de Mérida, por medio del cual informa la ubicación del panteón y el sarcófago en que fue sepultado quien en vida era el ciudadano RAFAEL PEÑA PEÑA, a los fines de la extracción de las muestras del .....