Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: la reposición de la causa al estado que el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sede Alterna El Vigía, notifique a la Alcaldía Municipio Caracciolo Parra y Olmedo Del Estado Mérida, de la decisión dictada en fecha veintiséis (26) de enero de 2010, en consecuencia son nulas las actuaciones posteriores a la sentencia, dejando incólume la presente decisión..
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Publíquese, regístr.....