Se declara con lugar la inhibición planteada abogada. Johanna Morabay Nieto Castillo, en su condición de Juez de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, en el asunto principal signado con el N° LP01-S-2023-000075, seguido en contra de los ciudadanos: Cettina Di Gregorio Hernández, Cecilia Di Gregorio Hernández y Marta Amarilys Mora González, por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida Calificada en Grado de Cooperadores Inmediatos, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, en perjuicio de Daphne Carrillo, con fundamento en el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia deberá corresponderle el conocimiento del caso penal a un Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, distinto al tribunal inhibido.