Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: De conformidad con el literal “a” del artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público contra el hoy ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto en los numerales 3 y 4 del artículo 453 del Código Penal Venezolano, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano Carlos Augusto Ramírez, en razón de los hechos expuestos por la Representa.....