DISPOSITIVA:
Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite la acusación presentada por La Fiscal Décima del Ministerio Público, en contra del acusado CEFERINO MORALES LÓPEZ, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Sexual Agravada, Violencia Física Agravada, Amenaza Agravada, Violencia Psicológica, todos previstos y sancionados en los artículos 43, 42, 41, 39 de La Ley Orgánica sobre el Derecho de La Mujer a una ida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana YULIBETH BAÑOS RANGEL. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 313, numeral noveno del Código Orgánico Procesal Penal, se admite en su totalidad las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público en el escrito acusatorio, dejándose expresa constancia que las pruebas documentales deberán ser ratificas en contenido y firma por los expertos que.....