Se declaró INADMISIBLE la apelación interpuesta el 17 de marzo de 2015, por el abogado JOSÉ RAFAEL ESCALANTE MÁRQUEZ, en su carácter de apoderado judicial del codemandado, ciudadano WUILMER ENRIQUE GALLARDO DUGARTE, contra el auto de fecha 13 de marzo del presente año, dictado por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido contra el mencionado ciudadano y OMAR QUINTERO GUERRERO, por la ciudadana BERTA DEL CARMEN CONTRERAS, por desalojo, mediante el cual dicho Tribunal fijó los hechos controvertido, establecidos en los literales: a, c, g e i, del artículo 40 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial.