JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 23 de Abril del año 2018.
207º y 159º
Visto el escrito de oposición a la subsanación de cuestiones previas de fecha 16 de abril del año en curso, suscrita por la ciudadana Sherly Ireviz Quintiliani Trujillo, parte co-demandada, debidamente asistida por la abogado en ejercicio MELANY BENCOMO mediante el cual señala: "hago formalmente la presente OPOSICIÓN por no satisfacer a plenitud la corrección de las indefiniciones e indeterminaciones denunciadas en el escrito de Cuestiones Previas presentado por mí en tiempo útil procesal y que riela en autos"...; este Tribunal observa los siguiente, que en fecha 22 de marzo de 2018, la parte actora, actuando en su propio nombre y representación, presentó escrito que obra a los folios 73 y 74, donde procedió a subsanar la cuestión previa del ordinal 6° del artículo 346 del Código de .....