DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 8 letra b, c y e, 13, 647 letra “e” de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Negar la solicitud de la defensa de modificar la regla de conducta y en su caso acuerda Sustituir la medida de regla de Conducta por la sanción de libertad asistida, impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en los términos y condiciones antes indicados. Es de advertir, que el joven venia cumpliendo una libertad asistida la cual finalizaba en fecha 21-05-2005 (folio 88), pero en virtud de la sustitución acordada en esta audiencia la misma finaliza en fecha 23-06-2006.
SEGUNDO: Queda vigente el contenido de la decisión de fecha 03 de AGOSTO de 2004, (folios 86 al 89), anexando la respectiva sustitución indi.....