este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión EL Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. Hágase el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Para el cómputo respectivo, se observa que el mencionado penado fue detenido, en fecha 13-05-2006, permaneciendo privado de su libertad hasta la presente fecha 23-05-2.008, por un lapso de DOS (02) AÑOS Y NUEVE (09) DÍAS, que se le computan como pena cumplida; y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, le falta por cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, la cual terminará de cumplir el día 13-05-2018, al finalizar el día.Con relación a los billetes incautados en la presente causa, los cuales hacen un total de Ciento Setenta y dos Bolívares (Bs.....