PRIMERO: Se declara LA NULIDAD de todo lo actuado en la causa seguida por el ciudadano JOSÉ GÓNZALO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, contra la ciudadana BARBARA DEL CARMEN HERNÁNDEZ, por reconocimiento de unión concubinaria, con posterioridad al auto de admisión de la demanda de fecha 14 de Febrero de 2008 (folio 83) y todos los actos procesales cumplidos con posterioridad, incluida la sentencia definitiva apelada, de fecha 07 de Julio de 2010, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se decreta LA REPOSICIÓN de la causa al estado en que se encontraba para la mencionada fecha -14 de Febrero de 2008, a fin de que se ordene librar, para su publicación por la prensa, a costa del interesado, el edicto a que se contrae la parte in fine del ordinal 2º del artículo 507 del Código Civil, haciendo saber, en forma resumida, del juicio segu.....