PARTE DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, de la demanda interpuesta por la ciudadana Omaira Josefina Sánchez, representada de abogado, en contra de los ciudadanos Jose Gregorio Maldonado, Ever Eduardo Ramirez Mora y Peggy Carolina Pineda Velasquez, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 267 ordinal 1° ejusdem. En consecuencia, declara extinguida la instancia en el presente proceso, por negligencia de la parte demandante ante la falta de impulso procesal para la continuación del presente procedimiento. Se ordena dar por terminado el juicio y el archivo del expediente una vez quede firme la.....