este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la detención en situación de flagrancia de los ciudadanos JOEL ANDERSON BUSTAMANTE ZAMBRANO y JHON GILVER VIVAS GUERRERO.
SEGUNDO : En cuanto a la calificación del delito, este Tribunal considera que se trata del delito de TENTATIVA DE ROBO, contemplado en el artículo 7 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo, apartándose de la propuesta por el Ministerio Público, por cuanto no hubo apoderamiento del vehículo, sino la tentativa de Robo del mismo.
TERCERO: Decreta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 numerales 3, 4 y 6 consistentes en presentación periódica cada quince (15) días. En el caso del ciudadano Jhon Gilver Vivas Guerrero, se presentará en la Prefectura .....