Se declaró con lugar las inhibiciones formuladas por los abogados Juan Latouche Marroquí, Daniel Francisco Monsalve Torres y Oscar Enrique Méndez Araujo, en su carácter Jueces Provisorios y Temporal de los Juzgados Superior Primero y Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, respectivamente.