Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, acuerda la entrega plena del vehículo Minibús, marca Ford, modelo Busven, tipo colectivo, placas AB6-006, año 1985, serial de carrocería AJB3FU16495, serial de motor 6 cilindros, uso transporte público, color blanco y multicolor, al ciudadano Esteban Hernández Avila. Asimismo, se acuerda la devolución de los documentos originales demostrativos de la propiedad del vehículo, para lo cual se acuerda el desglose respectivo de los documentos insertos del folio 8 al 12, 14, 15, 18, 67 al 69 y 90, dejando en su lugar copias certi.....