El tribunal dictó decisión negando la admisión de la demanda interpuesta por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 22 de abril de 2010 (folios 1 al 3), por los abogados MANUEL SALVADOR UZCATEGUI JIMENES y FLORENCIO FERNANDEZ, venezolanos, abogados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.008.514 y V-8.023.415, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 66.743 y 60.960, jurídicamente hábiles, actuando en nombre y representación de los ciudadanos OLINTO DUGARTE VIELMA y ANA ZORAIDA RANGEL OVALLE, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.716.707 y V-10.633.060, domiciliados en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION A COMPRA, contra los ciudadanos YSAURO ANTONIO URBINA RAMOS e IRMA DE LAS MERCEDES SANCHEZ DE URBINA, venezolanos, mayores de edad, casados, titu.....