Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Defensa Privada Abg. Carlos Albeerto Hernandez mediante escrito de fecha 22-08-2024, y en consecuencia ACUERDA SUSTITUIR EL SITIO DE RECLUSION DEL CIUDADANO YINO RAMÓN CONTRERAS RONDON, titular de la Cedula de Identidad N° V.- 12.048.404, a su domicilio, el cual quedara bajo apostamiento policial y vigilancia permanente del Centro de Coordinación Policial N° 08 El Vigía estado Mérida, a los fines que garantice la reclusión del acusado en su domicilio personal, así como el traslado del ciudadano cuando este tribunal lo amerite. SEGUNDO: Se ordena oficiar al Centro de Coordinación Policial N° 08 El Vigía estado Mérida, a los fines que ejecute la presente orden judic.....