"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al DESISTIMIENTO realizado por la parte actora, ya identificada, en fecha 22 de julio de 1991, por ante el extinto Juzgado Primero de Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio por resolución de contrato por falta de pago de cánones de arrendamiento, intentado por los abogados en ejercicio Julio César Balza Dávila y Nancy Trinidad Rodríguez de Balza, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de los ciudadanos Blanca Isabel del Carmen Varela Briceño y María Edilia Varela de Escalona, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil..."