Se declara SIN LUGAR solicitud del penado YONNY DE JESÚS VARGAS FRANCO, en cuanto al otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO, todo conforme al art. 500 del COPP. Remítase copia certificada de la presente decisión al Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial de Barinas, a quien correspondió conocer como vigilante penitenciario, a los fines de que imponga al penado de la decisión.