este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DECLARACIÓN DE PERPETUA MEMORIA, presentada por la ciudadana MARÍA ALEJANDRA DE AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.019.004, de este domicilio y civilmente hábil. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante PEDRO JOSÉ AVENDAÑO, quien falleció ab-intestato en esta ciudad de Mérida, el día 04 de junio del 2022, según se desprende de la copia certificada del Acta de Defunción número 11, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Gonzalo Picón Febres, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, a los ciudadanos MARÍA ALEJANDR.....