DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en Tovar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda de INTIMACIÓN presentada por el ciudadano por el ciudadano JOSÉ MARÍA RAMÍREZ, en contra del ciudadano FRANCISCO GABRIEL BOLAÑOS.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes en el domicilio procesal que conste en autos el contenido de la presente decisión, en cuanto a la parte demandada en virtud de que no cumplió con la carga procesal establecida en el Articulo 174, se ordena su notificación de conformidad con lo establecido en los articulo 174 y 233 de la Norma Civil Adjetiva.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA. POR SECRETARIA, CONFOR.....