Al respecto, conforme ha lo explanado, siendo evidente la -identidad de sujetos y el mismo título, entre la reforma de demanda interpuesta y la acción reconvencional formulada- es indefectible para quien aquí decide -admitir -la aludida acción reconvencional interpuesta por SIMULACIÓN DE VENTA. A tal efecto, de conformidad con la disposición adjetiva 367, se ordena al demandante contestar en el quinto día siguiente al presente auto decisorio. ASI DEBE DECIDIRSE.