DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al DESISTIMIENTO realizado por la parte actora, ya identificado, en fecha 18 de octubre de 2024, por ante este Tribunal, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase la presente la demanda Cobro de Bolívares via Ejecutiva, suscrita por la apoderada judicial Dulce Emperatriz Calles Navas, en su condición de apoderada judicial del ciudadano Riascos Duque RonnellRoynnelcontra el ciudadano Dávila Osuna Leonardo Enrique, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado la presente solicitud y se ordena el archivo del expediente. Publíquese, regí.....