Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185, efectuada por los ciudadanos JANSER JAVIER RANGEL DÍAZ y NANCY DEL CARMEN QUINTERO MORA, venezolanos, mayores de edad, cedulados con los Nros. 13.420.948 y 8.707.951 respectivamente y domiciliados en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 15 de diciembre del año 2010, por ante el Registro Civil de la Parroquia Presidente Rómulo Gallegos, Municipio Alb.....