"..este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre DIOS y ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en cumplimiento y aplicación de los Principios Constitucionales del Debido Proceso, la Tutela Jurídica Efectiva y la Conducción Judicial, establecidos en los Artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en el Artículo 185, del Código Civil Venezolano, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL DIVORCIO SOLICITADO, por los Ciudadanos JOSÉ RAFAEL BARRIOS PARRA y BERNARDY CARINA CASTILLO BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.103.603 y V-16.657.689, en su orden, domiciliados en la Calle Bolívar, casa S/N de la población de Mucurubá y en Sector Las Cuevas, Carretera.....