JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Ejido, veinticuatro (24) de febrero de dos mil cinco (2005).
194° y 146°
Visto el convenimiento suscrito por las partes, plenamente identificadas en autos y que corren insertos a los folios 20 y 2^1 con sus vueltos, del expediente signado bajo el No. 2287, este Juzgado de los Municipios Campo Filias y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el artículo del Código de Procedimiento Civil, acuerda por no ser dicho convenimiento, contrario a derecho, al orden publico ni a las buenas costumbres, La HOMOLOGACIÓN del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y se abstiene de archivar el presente expediente, hasta tanto se de Cumplimiento con lo convenido.- CUMPLASE.--------------------------------------------.....