DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Primero: Se declara con lugar la Aprehensión del investigado en Situación de Flagrancia de conformidad con los artículos 44.1 Constitucional y 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra el imputado LUIS ALEXIS RODRIGUEZ PEÑA supra identificado. Segundo: Se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual una vez quede firme la presente decisión, la causa se remitirá a la fiscalía actuante. Tercero: Se mantiene la precalificación de los delitos de: Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal Vigente, y el delito de Lesiones Culposas, previ.....