Por las razones anteriormente expuestas Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Primero: Se Decreta con lugar la solicitud realizada por la fiscalia Décima Octava del Ministerio Público en lo concerniente a la aprehensión en flagrancia del ciudadano ANDRES RODOLFO DAVIAL RONCANCIO, plenamente identificado; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se acuerda sin lugar la solicitud presentada por la fiscalia Décima Octava del Ministerio Público al respecto de la precalificación jurídica del delito de HOMICIDION CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en los artículos 406 conjuntamente con el articulo 80 del Código Penal, y el articulo 16 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente. En cuadrando el tip.....